Decisiones Sala Laboral
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TEMA: CALIFICACIÓN DE LA PÉRDIDA DE CAPACIDAD LABORAL – Es determinante para establecer si una persona tiene derecho al reconocimiento de aquellas prestaciones económicas derivadas de disminución de la pérdida de capacidad laboral. / ACCIDENTE DE TRABAJO - Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. / DECLARACIÓN DE PARTE Y CONFESIÓN - El artículo 165 del Código General del Proceso prevé que son medios de prueba la declaración de parte, la confesión, el juramento, los informes y cualesquiera otros medios que sean útiles para la formación del convencimiento del juez. /
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TEMA: MENSAJE DE DATOS - La información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el Intercambio Electrónico de Datos, Internet, el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax. / DE LA PRUEBA DIGITAL - El art. 244 del CGP, prevé expresamente que los documentos en forma de mensaje de datos se presumen auténticos. / CONTRATO DE TRABAJO - Para que exista contrato de trabajo se debe acreditar 1) “La actividad personal del trabajador”, 2) “La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador”, y 3) “Un salario como retribución del servicio”. / LA SUBORDINACIÓN – Es la facultad que tiene el empleador de exigir al trabajador el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos. /
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TEMA: TRABAJO SUPLEMENTARIO - Trabajo suplementario o de horas extras es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal. / CARGA DE LA PRUEBA – Se impone a la parte interesada el deber de aportar los medios de convicción a fin de demostrar los hechos en que fundamenta sus pretensiones. /
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - Implica que el fallecimiento del causante genera un vacío económico y afectivo en la familia, que es la causa de la protección que engendra el reconocimiento de la prestación. / VIOLENCIA DE GÉNERO - Se perfila como aquella ejercida contra la mujer por el hecho de serlo y que hunde sus raíces en las relaciones de género dominantes en una sociedad como resultado de un notorio e histórico desequilibrio de poder. / SUSTITUCIÓN PENSIONAL - Tiene como finalidad evitar que las personas allegadas al trabajador y beneficiarias del producto de su actividad laboral queden por el simple hecho de su fallecimiento, en el desamparo o la desprotección./
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TEMA: CONVIVENCIA – Entendida como la “comunidad de vida, forjada en el crisol del amor responsable, la ayuda mutua, el afecto entrañable, el apoyo económico, la asistencia solidaria y el acompañamiento espiritual. / DECLARACIÓN DE PARTE - Debe ser valorada por el juzgador “…de acuerdo con las reglas generales de apreciación de las pruebas”, sin que la misma por si sola produzca algún efecto. INTERESES MORATORIOS – Tienen un carácter meramente resarcitorio, más no sancionatorio. / INDEXACIÓN - No es una condena en sí misma considerada, sino que con ella se surte la corrección monetaria a fin de solucionar el detrimento económico cuando no se pagan oportunamente las prestaciones del Sistema. /
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TEMA: SALARIO - Si las sumas recibidas retribuyen la actividad laboral contratada serán salario, presunción susceptible de ser derruida por la parte empleadora cuando demuestre su carácter ocasional o excepcional y, especialmente, que no retribuye directamente el servicio, no por la forma en que se estipuló, sino en función del entorno que lo circunda. / PRUEBA DE PAGO - Si la activa atribuye una ausencia de pago pese a estar plasmados los valores en los certificados de nómina, la convocada es quien tiene la carga de demostrar que en efecto esos pagos fueron materializados./

