TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA DE FAMILIA
LA PRESIDENCIA DE LA SALA DE FAMILIA DELTRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN,
CONVOCA
A los funcionarios y empleados en carrera, a los que hagan parte de los registros de elegibles y a las demás personas interesadas en ocupar, en PROVISIONALIDAD, las vacantes que se llegaren a presentar en los cargos de juez, en los juzgados que a continuación se relacionan, cuya postulación ante la plenaria corresponda a la SALA DE FAMILIA, así:
1. Juzgados de Familia de Medellín, Girardota, Bello, Itagüí, Envigado y Caldas.
2. Juzgado Séptimo de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Medellín, con sede en San Cristóbal.
3. Juzgado Noveno de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Medellín, con sede en el barrio El Salvador.
4. Juzgado Once de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Medellín, Comuna 13.
5. Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Envigado.
6. Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Itagüí.
7. Juzgado Segundo de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Itagüí.
8. Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Copacabana.
9. Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Barbosa.
10. Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de La Estrella.
Los interesados podrán, desde el veinticinco (25) hasta el veintisiete (27) de junio de dos mil veinticinco (2025), ambas fechas inclusive, manifestar su interés en postularse, para lo cual deberán diligenciar el formulario adjunto y precisar la especialidad a la cual aspiran y, en un solo archivo, en formato pdf, enviar al correo electrónico
Las hojas de vida recibidas tendrán una vigencia de cuatro meses, para aquellas vacantes que se pudieren presentar desde el 26 de junio hasta el 26 de octubre de 2025, ambas fechas inclusive.
Esta convocatoria, en cumplimiento a la Circular PCSJC25-5, de 10 de febrero de 2025, del Consejo Superior de la Judicatura, y el formulario de inscripción link https://forms.office.com/r/ccNTwQ950f se publican en el portal destinado para ello en la página web de la Rama Judicial, www.ramajudicial.gov.co (artículo 132 de la Ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia, modificado por el artículo 68 de la Ley 2430 de 2024, Acuerdo PCSJA24-12238, de 9 de diciembre de 2024, del Consejo Superior de la Judicatura), así como en la página web de esta corporación https://tribunalmedellin.com.
Las hojas de vida de las personas que no cumplan los requisitos para el cargo al que aspiran no serán tenidas en cuenta (artículos 127 y 128 de la Ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia, este último modificado por el artículo 66 de la Ley 2430 de 2024)
Medellín, 25 de junio de 2025
LUZ DARY SÁNCHEZ TABORDA
Presidenta Sala De Familia