05001310301520100082601

TEMA. RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL. Contrato de arrendamiento. Incumplimiento contractual. Carga de la prueba. Valor probatorio de las fotografías. Tacha testigo. La presentación de fotografías sin fecha sólo demuestra la ocurrencia de ciertos hechos más no que son sobre los que versa la demanda. El arrendador probó que cumplió con su obligación de mantenimiento de las instalaciones, por lo que no hay incumplimiento de contrato. Si bien el testigo trabaja para el demandado, su respuesta resulta objetiva.

PONENTE: LUIS ENRIQUE GIL MARÍN

TIPO DE PROVIDENCIA: SENTENCIA

FECHA: 25/10/2021

También te puede interesar decisión destacada
  • Civil
    23 Junio 2026
    10

    TEMA: VALIDEZ DE LA NOTIFICACIÓN PERSONAL ELECTRÓNICA- La notificación personal electrónica del auto admisorio de la demanda se entiende surtida cuando se remite a una de las direcciones electrónicas inscritas, publicitadas por la sociedad en el...

050013103015201000826_01.pdf

Artículos relacionados por temas

Cómo llegar

Nuestras redes sociales