Decisiones Sala Civil
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TEMA: CONFLICTO DE COMPETENCIA – “El Estatuto Procesal Civil establece los denominados “factores de competencia” como manera de determinar el juez natural del proceso” / PROCESO MONITORIO – “tal aptitud jurisdiccional se radica, de manera concurrente, en el juez del domicilio del demandado o en del lugar de cumplimiento de la obligación” /
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TEMA: MEDIDAS CAUTELARES / EMBARGO SUMAS DE DINERO - “En las demandas en que se pidan medidas cautelares se determinarán las personas o los bienes objeto de ellas, así como el lugar donde se encuentran”. /
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TEMA: INTERPRETACIÓN DE CONTRATOS - Todo contrato legalmente celebrado constituye ley para los contratantes, por lo que obliga no solo a lo expresamente pactado sino a todo lo que emane de su naturaleza. / DE LA BUENA FE CONTRACTUAL - conducta que exige de las personas un comportamiento ajustado a estándares o parámetros decorrección,lealtad o probidad en todas sus actuaciones. /
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TEMA: RESTITUCIÓN DE INMUEBLE ARRENDADO/ NORMATIVIDAD POR PANDEMIA – el Decreto 579 de 2020 dispuso la suspensión de acciones de desalojo y las estipulaciones para el pago de los cánones de arrendamiento / FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO – “Estipula el artículo 64 del C.C., que: “Se llama fuerza mayor o caso fortuito, el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los autos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.” /
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TEMA: SOCIEDAD DE HECHO - “aquella ausente de la formalidad escritural pública, al tenor de lo dispuesto en el artículo 498 del Código de Comercio, que, por consiguiente, puede probarse por cualquier medio probatorio reconocido por la Ley.” - / REQUISITOS DE VALIDEZ Y EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD – “i) Número plural de personas; ii) Aporte a la sociedad en dinero, especie o industria; iii) Persecución de un beneficio común; iv) Reparto de ganancias o pérdidas y, v) Affectio Societatis ánimo de asociación o animus contrahendi societatis.” / CARGA DE LA PRUEBA – “quien está interesado en la declaratoria debe colacionar la prueba pertinente” /
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TEMA: MEDIDAS CAUTELARES – “El concepto doctrinario más autorizado en materia procesal enseña que la finalidad de las cautelas es la de evitar “aquellas alteraciones en el equilibrio inicial de las partes que pueden derivar de la duración del proceso”/ MEDIDAS CAUTELARES EN ACCIONES DERIVADAS DE LA COMPETENCIA DESLEAL – La Ley 256 de 1996 “autoriza decretar las medidas cautelares que resulten pertinentes, incluso de forma previa a la presentación de demanda, cuando esté comprobada la realización de un acto de competencia desleal, o se advierta la inminencia del mismo.” /






