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TEMA: CANON DE ARRENDAMIENTO – Para ser cobrado ejecutivamente, se proscriben obligaciones ininteligibles, confusas o aquellas que no permiten colegir de forma evidente su alcance y contenido referido al monto del canon adeudado./

TESIS: (…) para que un documento o conjunto de documentos puedan poner en movimiento el aparato jurisdiccional por medio de proceso ejecutivo, si no es la Ley quien expresamente lo cataloga como título ejecutivo, deben cumplir con los siguientes requisitos: Claro, cuando no queda duda del alcance y la profundidad de la obligación y del correlativo derecho consignados materialmente en el documento, es inteligible, comprensible, cristalino y diáfano. Hay ausencia de este requisito, cuando para desentrañarlos se requiera de mecanismos axiológicos o de raciocinio que se traducirían en apreciación interpretativa y subjetiva, a lo que dice el documento en sí mismo. El derecho y la correlativa obligación deberán ser expresos, es decir, estar especificados, determinados y manifestados en el documento o en el conjunto de documentos; de tal manera que de ellos se establezca quién debe, a quién debe, qué se debe, cuánto se debe, cuándo y dónde se paga. Exigible, porque para hacer valer el derecho, el documento es (i) puro y simple; (ii) si está sometido a plazo, transcurrió o se aceleró, según el caso; (iii) si pende de condición, se cumplió; (iv) y si hay que constituir en mora, se cumplió con la carga. Que provenga del deudor, es decir, no debe quedar duda que el documento o conjunto de documentos contienen la declaración de voluntad generadora de derechos y correlativas obligaciones en cabeza del deudor; y constituye plena prueba contra quién o quiénes se quiere hacer valer; como lo estatuyen los artículos 243 y ss. del CGP. (…) De la lectura del contrato en conjunto con los otros sí que han buscado modificar y reajustar el valor del canon de arrendamiento, se generan discrepancias que impactan directamente en la claridad del documento presentado como base de la ejecución, surgiendo varias interpretaciones que exigen el empleo de elementos de raciocinio externos al contenido mismo del contrato. Teniendo en cuenta que este tipo de ejecución es una de aquellas que se hace por sumas de dinero, debe atenderse a los presupuestos del artículo 424 del CGP(…) la suma de dinero – canon mensual de arrendamiento - debe estar clara y expresamente determinada en el documento o determinable a través de una operación aritmética simple, pero en este caso no se llega con certeza al monto del canon de arrendamiento que estaba obligada a pagar la demandada.(…) Esta Sala Civil podría emprender el ejercicio de determinación del canon mensual, pero no existe convicción sobre el incremento que está vigente, (…) De acuerdo con lo sostenido por la doctrina y la jurisprudencia sobre esta característica, (…) se proscriben obligaciones ininteligibles, confusas o aquellas como la analizada que no permiten colegir de forma evidente su alcance y contenido referido al monto del canon adeudado, lo que hace imposible que se adelante la obligación en los términos pretendidos por la parte demandante (arrendadora); desestimando el mérito ejecutivo del contrato de arrendamiento y ordenando cesar la ejecución(…).

MP. RICARDO LEÓN CARVAJAL MARTÍNEZ
FECHA: 21/07/2023
PROVIDENCIA: SENTENCIA

 

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