Decisiones Sala Civil
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TEMA: NOTIFICACIÓN AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA-Actualmente existen dos formas de notificar el auto admisorio de la demanda, cada una con sus propios requisitos: la física y la electrónica. Satisfechos en su totalidad los requisitos de cualquiera de ellas, a elección del demandante, se entenderá surtida la notificación. Sin embargo, tal presunción admite prueba en contrario, que será de cargo del demandado que alegue un estado de cosas distinto. /
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TEMA: CONCURSO DE MÉRITOS- Procedencia excepcional de la acción de tutela en concursos de méritos cuando el medio judicial ordinario no es eficaz, cuando: a) el cargo tiene periodo fijo legal o constitucional; b) se impide nombrar al primero en la lista; c) el caso tiene relevancia constitucional; o d) acudir al medio ordinario resulta desproporcionado por las circunstancias del accionante.
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TEMA: RECHAZO DE PRUEBA EXTRAPROCESAL- El rechazo de pruebas extraprocesales debe fundarse únicamente en la falta de requisitos legales y motivarse de forma individual. Si la prueba documental es accesible por derecho de petición, incluso con reserva legal, debe agotarse el procedimiento de insistencia./
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TEMA: OPOSICIÓN AL SECUESTRO- Trámite de una oposición al secuestro. Requisitos para encontrar probada una posesión. Los arts. 309 y 596 del C.G.P. no exigen un tiempo mínimo de ejercicio de la posesión para poder acceder a la oposición al secuestro.
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TEMA: CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO – Si en una decisión judicial se invalida o se suspenden los efectos del acto mediante el cual se otorgó el derecho al voto de determinado sujeto, ello, por supuesto, tendrá influencia en el análisis sobre la validez de las decisiones en las que haya participado el referido sujeto. Es posible que se impugne en un proceso la decisión que otorga el derecho al voto y, en otro trámite distinto, una decisión posterior adoptada por ese miembro en virtud del derecho decisorio que ostenta. Si la primera de las decisiones fue anulada, tal determinación comunicaría una posible invalidez de la segunda decisión, en tanto el derecho del referido miembro es ineficaz. Pero, en otro escenario, si lo decidido respecto al derecho al voto no ha sido anulado por vía judicial, lo lógico es que la participación decisoria del referido miembro de la asamblea, en reuniones posteriores, sea válida y no haya lugar a cuestionar su ineficacia, toda vez que su derecho se mantiene incólume. /
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TEMA: LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA - En efecto la parte demandante y demandada suscribieron en calidad de comprador y vendedora el referido contrato, pero, además, no se ha puesto en entredicho, ni se evidencia el incumplimiento del demandante de sus obligaciones, lo que implica que tiene la condición de contratante cumplido que lo avala para ejercer la acción contractual. / RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL - La conducta omisiva de cara a regularizar oportunamente la situación del registro del vehículo no se debió a una actitud culposa o dolosa de la demandada, sino que por el contrario, se observa que el demandante, solo acudió a la demandada en procura de adecuarla aproximadamente dos años después a la emisión de la Circular, lo que implica que la alegación de la parte demandante, relativa a que la demandada omitió la obligación de salir al saneamiento del vehículo no es cierta. /