logo tsm 300

05001310500320150109601

TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE – Acreditación del tiempo de convivencia con el causante / CONDENA POR INTERESES MORATORIOS – “no basta el mero retraso en el pago de las pensiones, sino que se hace necesario valorar si la conducta de la administradora encaja o no en lo regulado por la ley” /

TESIS: “(…) para quien pretenda ser beneficiario de una pensión de sobrevivientes debe demostrar de manera cierta y convincente la vida marital y la convivencia por un espacio de por lo menos 2 años continuos con anterioridad a la muerte con el causante, “salvo que haya procreado uno o más hijos con el pensionado fallecido”. (…) confrontando el proceder de la entidad demandada con el criterio vigente de la jurisprudencia laboral en torno a la aplicación de lo establecido en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993, la conclusión no puede ser otra que los intereses moratorios desde ningún punto de vista resultan procedentes y, por tanto, habrá lugar a revocar la sentencia sobre este asunto; sin embargo, en economías inflacionarias como la nuestra, el solo paso del tiempo genera una pérdida del valor del dinero, la cual, para estos casos, debe ser reintegrada a quien la sufre, lo que implica el reconocimiento de la indexación, la que será liquidada por la entidad teniendo en cuenta para ello la causación de cada
mesada pensional y la fecha efectiva del pago.”

MP. CARLOS ALBERTO LEBRÚN MORALES
FECHA: 18/04/2023
PROVIDENCIA: SENTENCIA

Descargar


Artículos relacionados por etiquetas


  • 05001310501920180020901
    Información
    02 Noviembre 2023 Laboral
    TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE - Cuando un pensionado o un cotizante que aún no se ha pensionado fallece, el cónyuge u otros familiares tienen derecho a la pensión de sobrevivientes o a la sustitución pensional en la medida en que cumplan con los requisitos que la ley considera. / REQUISITOS DE CONV...
    Información
    Pensión de Sobreviviente
  • 05001310500620180076201
    Información
    26 Agosto 2024 Laboral
    TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – ostenta calidad de beneficiario de la pensión de sobrevivientes el cónyuge supérstite no divorciado con sociedad conyugal disuelta, porque el matrimonio genera unos derechos y obligaciones que no se extinguen con la separación de hecho ni con la disolución de la soc...
    Información
    Pensión de Sobreviviente