TEMA. PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE FUERO SINDICAL. "El término de prescripción de la acción de fuero sindical en cabeza del empleador, comienza a contar desde la fecha en que aquel tuvo conocimiento del hecho que se invoca como justa causa, o desde que se haya agotado el procedimiento convencional o reglamentario correspondiente, según el caso. Para el caso de los servidores públicos sometidos a la Ley 734 de 2022, por la cual se expide el Código Disciplinario Único, el término de prescripción comienza a corres desde la fecha en la que alcanza ejecutoria el fallo disciplinario"
MP. DR. VICTOR HUGO ORJUELA GUERRERO.
PROVIDENCIA. SENTENCIA
FECHA. 11/08/2022
