TEMA: PÉNSION FAMILIAR EN EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA - Los requisitos para la obtención de la pensión familiar son de forzoso cumplimiento sin que se puede omitir alguno de ellos, deconformidad a lo preceptuado por la Ley 1508 de 2012. /
TESIS: (…) Es importante traer a colación el artículo 3 de la ley 1580 del 01 de octubre de 2012, adicionó un nuevo artículo al capítulo V al título IV del libro I de la ley 100 de 1993 estableciendo: “Articulo 151 C. PENSIÓN FAMILIAR EN EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA. quienes cumplan los requisitos para adquirir el derecho a la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez en el sistema de prima media conprestación definida, podrán optar por la pensión familiar, cuando los dos cónyuges o compañeros permanentes obtengan la edad mínima de jubilación y la suma del número mínimo de semanas de cotización supere el mínimo de semanas requeridas para el reconocimiento de la pensión de vejez.”. (…). (…) Así mismo el literal a. de la norma precitada en el párrafo inmediatamente anterior exige acreditar más de cinco (5) años de relación conyugal o convivencia permanente, la cual deberá haber iniciado antes de haber cumplido 55 años de vida cada uno. Por su parte el literal k. establece que es necesario para ser beneficiario de la pensión familiar estar clasificados en el SISBEN en los niveles 1, 2 y/o en cualquier otro sistema equivalente que diseñe el gobierno nacional. El literal I. exige como condición que cada beneficiario haya cotizado a los 45 años de edad, el veinticinco por ciento (25%) de las semanas requeridas para acceder a una pensión de vejez de acuerdo a la ley.
MP. FRANCISCO ARANGO TORRES
FECHA: 01/06/2023
PROVIDENCIA: SENTENCIA
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