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TEMA: SUCESIÓN PROCESAL - para demostrar la calidad de heredero no es imprescindible allegar una providencia que demuestre tal estatus. La calidad de sucesores procesales se reconoce a quienes allegan los correspondientes registros civiles, sin imponer condicionamientos adicionales.
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TEMA: COSA JUZGADA - No se requiere que el petitum de los dos procesos sea idéntico, sino que el núcleo de la causa petendi, del objeto y de las pretensiones de ambos procesos evidencien tal identidad esencial que permita inferir que la segunda acción tiende a replantear la misma cuestión litigiosa.
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TEMA: PENSIÓN DE JUBILACIÓN CONVENCIONAL- cuando es anterior al 17 de octubre de 1985, por regla general es compatible con las pensiones legales que reconoce el sistema general de pensiones, a menos que se pruebe que se pactó de forma expresa su compartibilidad en la fuente de la referida prestación. / INDEXACIÓN – el sistema de actualización anual con base en el IPC, conforme lo dispone el artículo 14 de la Ley 100 de 1993, es diferente a la indexación sobre el retroactivo adeudado.
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TEMA: SOAT - “Es un Seguro Obligatorio para todos los vehículos automotores que transiten por el territorio nacional, ampara los daños corporales que se causen a las personas en accidentes de tránsito “. / RECURSOS INEMBARGABLES – Los recursos del SOAT son parte de la seguridad social en salud de Colombia, por tanto, la inembargabilidad de esos recursos. /
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TEMA: NECESIDAD DE LA PRUEBA - Debe garantizarse la posibilidad al destinatario de cumplir efectivamente la carga de probar los hechos que se alegan por acción o excepción.
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TEMA: HIPOTECA ABIERTA - Contrato accesorio que tiene por objeto garantizar, de manera general, el cumplimiento de una o varias obligaciones que generalmente son futuras, pues, al momento de la constitución de la garantía, son indeterminadas en su existencia o cuantía. / PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA – Se estima necesaria para impedir que las relaciones jurídicas personales se tornen indefinidas. / NULIDAD DE LA NOTIFICACIÓN – Hay nulidades en las que no va nada imputable al actor, o que incluso su obrar no fue lo determinante en la anomalía presentada, el artículo 91 del CGP no puede ser aplicado mecánicamente.



