Decisiones Sala Laboral
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE – Acreditación del tiempo de convivencia con el causante / CONDENA POR INTERESES MORATORIOS – “no basta el mero retraso en el pago de las pensiones, sino que se hace necesario valorar si la conducta de la administradora encaja o no en lo regulado por la ley” /
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TEMA: MUTABILIDAD DE PENSIÓN DE INVALIDEZ A PENSIÓN ANTICIPADA DE VEJEZ – “aun cuando la pensión anticipada de vejez por discapacidad y la pensión de invalidez tienen rasgos similares en lo que refiere a la condición de salud del afiliado, tienen algunos rasgos que las diferencian.” /
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TEMA: ACCIDENTE LABORAL – transporte suministrado por el empleador / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE /
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TEMA: SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL – “está a cargo de la EPS durante los primeros 180 días (…) Desde el día 181 y hasta un plazo de 540 días, el pago de incapacidades está a cargo del Fondo de Pensiones y posteriormente la obligación del pago de incapacidades superiores a 540 días, recae nuevamente en las EPS” /
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TEMA: BONO PENSIONAL – “cuando se genera un cambio entre regímenes, en particular una migración del RPM al RAIS las cotizaciones acumuladas en el primero de ello se trasladan a la entidad receptora a través de un bono pensional” / LIQUIDACIÓN DEL BONO – “la Ley 100 de 1993 prescribe que lo es el salario base de cotización (…) Decreto 1299 de 1994 prescribe que lo es por el salario devengado” /
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TEMA: CONTRATO DE TRABAJO – “es un acuerdo celebrado entre dos partes, una de ellas denominada trabajador y otro empleador, donde el primero presta personalmente sus servicios orientado bajo la subordinación hacia el segundo, y recibiendo una contraprestación denominada salario.” / PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD SOBRE LAS FORMAS – “previsto en el artículo 53 de la Constitución Nacional, consistente en la naturaleza laboral de toda relación jurídica sustancial, cuando se presenten sus tres elementos esenciales, al margen del nombre o modalidad contractual utilizada por las partes.” / CARGA DE LA PRUEBA - “quien afirma una cosa está obligado a probarla.” / SOLIDARIDAD – “el artículo 34 del C.S.T., regula la responsabilidad solidaria del beneficiario de la obra, respecto de vínculos con contratistas independientes” /







