Decisiones Sala Laboral
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TEMA: HONORARIOS PROFESIONALES- La ausencia de la firma del abogado en el contrato de mandato en nada afecta su validez y la exigibilidad de las obligaciones allí contenidas, ya que fueron aceptadas tácitamente por el profesional del derecho y de manera expresa por el mandante quien imprimió su firma en señal de asentimiento./
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TEMA: INDEMNIZACIÓN MORATORIA- Frente a la indemnización moratoria cabe recordar que la aplicación de esta sanción no es automática, sino que debe estudiarse en el caso concreto si el empleador obró de buena o de mala fe, es indispensable la verificación de otros tantos aspectos que giraron alrededor de la conducta que asumió en su condición de deudor obligado./
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TEMA: PENSIÓN DE JUBILACIÓN CONVENCIONAL-Si bien es cierto que la pensión de jubilación reconocida bajo los términos de la convención colectiva incluye el derecho a 14 mesadas, este beneficio no es extensible a la pensión de vejez otorgada bajo el régimen general./
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TEMA: PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ- No puede la entidad de Seguridad Social cargar al trabajador con la negativa del derecho pensional por el no pago del monto adicional que le imponía la ley a su empleador, máxime cuando el artículo 24 de la Ley 100 de 1993 puso en sus manos un poder-deber de adelantar las acciones de cobro por el incumplimiento de las obligaciones de la seguridad social./
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TEMA: ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA- La discapacidad debe ser relevante, sensible o sustancial para el desempeño del empleo, pues solo éstas pueden dar lugar a una verdadera actitud discriminatoria del empleador cuando no obstante su existencia, el trabajador es separado de su actividad laboral./
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES- La comunidad de vida no se limita a la cohabitación en un mismo espacio, en tanto es posible que, debido a necesidades laborales, condiciones de salud u otras circunstancias, se presente un distanciamiento físico de la pareja, esta situación no implica la ruptura del vínculo. /






