TEMA: PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA. Dominio sobre bienes no sometidos a Propiedad Horizontal, posesión exclusiva y excluyente. Los diferentes pisos o departamentos de un edificio sólo logran individualidad con el sometimiento del mismo al régimen de propiedad horizontal. Mientras ello no ocurra ni siquiera están en el comercio humano, a tal punto que para poder enajenarlos individualmente se precisa la constitución de dicho régimen que, por demás, se hace necesario ante la existencia de elementos que resultan indispensables para el uso, disfrute y seguridad de cada uno de aquellos; conviene recordar, además, que el de la propiedad por pisos o departamentos es un régimen de dominio que difiere de la propiedad individual y también del de la comunidad regulados por el Código Civil. (…) de lo anterior se desprende que ningún sentido tiene abordar el estudio de los reparos del interviniente, señor José Factor Sepúlveda, pues según la prueba el inmueble con matricula inmobiliaria numero 01N-5043945 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Medellin, Zona Norte, no ha sido sometido al régimen de propiedad horizontal, tal como lo acepta la demandante en su interrogatorio e incluso se anuncia en la propia demanda ad-excludendum del apelante. Ahora en la particular apelación de la demandante (…) para resolver sobre esa recurrencia, parte la Sala por avisar sin ambages que ninguna prosperidad ha de tener sus reproches, pues no porque en este caso lo reclamado sea toda edificación puede accederse a la pretensión, cuando existe por lo menos otro poseedor que ejerce sus actos sobre el mismo bien, dado que al decir de la actora, por lo menos con respecto al segundo piso, no ha ejercido ella sino otra persona (José Factor Sepúlveda) actos de los que a su vez ella ha realizado en el primero, pues uno y otro se levantan sobre el mismo terreno que en el régimen de la propiedad por piso constituyen bien común esencial.
PONENTE: DRA. PIEDAD CECILIA VELEZ GAVIRIA
FECHA: 02/12/2020
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia
010_2022_S-156_016-2015-01312-01_ORDINARIO_CONFIRMA_POR_OTRAS_RAZONES.pdf
