Decisiones Sala Laboral
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TEMA: REAJUSTE EN PENSIÓN DE VEJEZ DEL RAIS- Es un aspecto que compete establecerlo a un actuario dado que la mesada depende de una serie de factores externos, como las tablas de mortalidad y expectativa de vida, sumado a la composición actual del grupo familiar y/o beneficiarios y que influye en el monto, ya que el valor de cada mesada no es preestablecido, sino que siempre dependerá de las condiciones particulares de cada solicitante. / RETROACTIVO EN PENSIÓN DE VEJEZ- La procedencia del retroactivo pensional, en pensiones del RAIS, debe definirse en función de las particularidades de cada caso y, por las especificidades del régimen, debe tenerse en cuenta la forma en la que se hubiera hecho la proyección del capital y la voluntad del afiliado.
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TEMA: FUERO SINDICAL – Garantía de que gozan algunos trabajadores de no ser despedidos, ni desmejorados en sus condiciones de trabajo, ni trasladados a otros establecimientos de la misma empresa o a un municipio distinto, sin justa causa, previamente calificada por el juez del trabajo. /
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TEMA: MESADAS PENSIONALES - para evitar que se sacrifique el principio de sostenibilidad financiera del sistema pensional ante la reclamación y surgimiento del derecho en cabeza de nuevos beneficiarios de la prestación económica, y se llegue a considerar un pago doble o sin causa alguna, el legislador permitió a la entidad que asume el reconocimiento de la pensión, compensar las sumas de dinero con las mesadas que a futuro reciban quienes inicialmente fueron aceptados como beneficiarios iniciales, o en su defecto, iniciar las acciones de recuperación de esos rubros pagados sin justificación, muy a pesar de que al principio los reclamantes lo hubieran hecho de buena fe o creyendo que los hechos y el momento respaldaban su solicitud. / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - es beneficiario de la pensión de sobrevivientes; el cónyuge separado de hecho que demuestre que convivió con el causante por lo menos (5) años en cualquier tiempo. /
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TEMA: INEFICACIA DEL TRASLADO – Se da por la falta de información suficiente, amplia y oportuna por parte de los fondos de pensiones, al momento de realizarse la afiliación o el traslado de régimen, dado que esto tiene una relación directa con la validez o no del acto jurídico celebrado, y los efectos de la ineficacia es que las cosas vuelvan al estado en que se encontraban y entre ellos, se integra la devolución en forma plena y retroactiva de todos los recursos desprendidos de esa afiliación. /
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TEMA: INEFICACIA DEL TRASLADO – Se da por la falta de información que le corresponde a las AFP al momento de una posible afiliación a su sistema, genera que las cosas vuelvan al estado en que se encontraban y se integra la devolución en forma plena y retroactiva, de los aportes y todo lo que implico esa afiliación. / PENSIÓN DE VEJEZ - Respecto al disfrute de la pensión debe distinguir que, el reconocimiento de la pensión se debe dar por parte de la entidad de seguridad social en pensiones cuando se verifiquen los requisitos de edad mínima y semanas cotizadas, y sólo se hace efectivo cuando el afiliado se retire del sistema, notificado a través de la novedad de retiro. / INDEXACIÓN - Necesidad de que los recursos devueltos sean actualizados sin que pierdan su capacidad adquisitiva. /
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES EN FORMA VITALICIA – Tendrán derecho, el compañero (a) permanente y/o cónyuge supérstite, siempre y cuando demuestren haber convivido con el causante por un lapso no inferior a 5 años. / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES SIN BENEFICIARIOS – En caso de que, a la muerte del afiliado o pensionado, no hubiere beneficiarios de la pensión de sobrevivientes, las sumas acumuladas en la cuenta individual de ahorro pensional, harán parte de la masa sucesoral de bienes del causante.

