Decisiones Sala Laboral
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TEMA: DOMINICALES - El trabajo en domingos y festivos, debe remunerarse con un recargo del 75% sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas, y el descanso dominical debe ser remunerado con el salario ordinario de un día. /
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TEMA: PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ - Es a la parte demandante a quien le corresponde demostrar que la actividad ejercida por este lo fue como de las catalogadas de alto riesgo para hacerse beneficiario a la prestación de vejez consagrada en el decreto 2090 de 2003, sin que sea posible asumir de forma genérica que un determinado cargo es una actividad de alto riesgo,. /
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TEMA: RELACIÓN LABORAL- Para que exista contrato de trabajo se debe acreditar la actividad personal del trabajador, la continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador y un salario como retribución del servicio./
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TEMA: PENSIÓN DE VEJEZ POR HIJO INVALIDO - La norma no exige que el padre tenga que tener el cuidado exclusivo de su hijo, ni que hubiese estado activo en el mundo laboral al momento de solicitar la prestación, ni que la dependencia sea exclusiva del solicitante. /
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TEMA: CULPA DEL EMPLEADOR - Debe encontrarse suficientemente comprobada la culpa del empleador en la ocurrencia del accidente de trabajo o la enfermedad profesional, de modo que su establecimiento amerita, además de la demostración del daño originado en una actividad relacionada con el trabajo, la prueba de que la afectación a la integridad o salud fue consecuencia o efecto de la negligencia o culpa del empleador en el acatamiento de los deberes que le corresponden de velar por la seguridad y protección de sus trabajadores. /
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TEMA: PENSIÓN DE JUBILACIÓN- Pueden existir casos en los que es viable que un trabajador pueda devengar dos pensiones, esto, en el evento que se trate de prestaciones que jurídicamente resulten compatibles; no obstante, ello tiene que quedar expresamente consagrado en el acuerdo colectivo./

