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TEMA: SUSTITUCIÓN PENSIONAL - Prestación en donde por fallecimiento de un pensionado por invalidez o vejez, hay lugar al reconocimiento de una pensión sustituta en favor de sus beneficiarios. Aquí se valida la condición de los beneficiarios del pensionado en el momento en que este falleció.
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TEMA: RETROACTIVO PENSIONAL - Derecho que tienen las personas para cobrar las mesadas pensionales que no han sido pagadas, desde la fecha en que cumplió los requisitos hasta la fecha del reconocimiento de la pensión / PENSIÓN DE INVALIDEZ - No es la alteración de la salud, sino la incidencia de tal acontecimiento en la disminución del ingreso o ganancia, como repercusión de la afectación o pérdida de la capacidad laboral del trabajador.
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TEMA: ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA- Corresponde al empleador que deseé terminar el contrato de trabajo de una persona en condiciones de debilidad manifiesta solicitar autorización ante el Ministerio del Trabajo, so pena de entenderse ineficaz y proceder el pago de la respectiva indemnización sancionatoria./
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TEMA: SUSTITUCIÓN PENSIONAL- Tratándose de cónyuge de pensionado se debe acreditar una convivencia efectiva de 5 años anteriores al fallecimiento, en este sentido la convivencia real y efectiva implica una comunidad de vida estable, permanente y firme, de mutua comprensión, de modo que se excluyen los encuentros pasajeros, casuales o esporádicos, e incluso las relaciones que, a pesar de ser prolongadas, no generen las condiciones necesarias de una comunidad de vida./
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TEMA: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTO- Cuando el contrato de trabajo termina por la invocación de una justa causa, corresponde al trabajador demostrar el despido y al empleador probar la ocurrencia de la justa causa./
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TEMA: RELIQUIDACIÓN DE LA PENSIÓN DE VEJEZ- Son dos momentos diferentes los referidos a la causación y el disfrute del derecho a la pensión de vejez, entendiendo por la primera aquel instante en que el afiliado cumple con los requisitos exigidos por la norma, esto es, edad y semanas cotizadas y tiempo servido; mientras que el segundo, hace relación al evento a partir del cual éste se desafilia del sistema con el fin de iniciar el goce de su pensión de vejez.

