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- Categoría: Laboral
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TEMA: PENSION DE JUBILACIÓN EPM - Por un mismo tiempo de servicio no pueden pretenderse dos pensiones, así una se llame de jubilación y otra de vejez, pues ambas protegen la misma contingencia, esto es, la seguridad social como derecho constitucional, el que está diseñado bajo principios de solidaridad y equidad (art. 48 CP), los cuales se verían afectados con el enriquecimiento injustificado del patrimonio del trabajador al obtener doble pensión, máxime si ese dinero es público.
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- Categoría: Civil
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TEMA: RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL - No debe considerarse que la actividad riesgosa que reviste la conducción de vehículos se suprime una vez este se detiene o se estaciona en un determinado lugar, pues concomitante o con posterioridad a dicho acto pueden seguirse otros que impliquen igual peligrosidad./ CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES PELIGROSAS – Examina la incidencia del comportamiento de cada uno de los agentes involucrados en la producción del resultado, para así deducir a cuál de ellos el daño le resulta imputable desde el punto de vista fáctico y, jurídico. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: DIVISIÓN MATERIAL - Salvo lo dispuesto en leyes especiales, la división material será procedente cuando se trate de bienes que puedan partirse materialmente sin que los derechos de los condueños desmerezcan por el fraccionamiento. En los demás casos procederá la venta. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA – En ningún caso la limitación de una persona, podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va a desempeñar. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: INTERMEDIACIÓN LABORAL- La Corte constitucional ha proscrito de manera enfática las actuaciones de las Cooperativas de Trabajo Asociado que conduzcan a su participación como empresas de intermediación laboral y la remisión de un trabajador en misión para que asuma labores o trabajos propios de un usuario o tercero beneficiario del servicio; o a la creación de un nexo de subordinación o dependencia entre uno de sus trabajadores y un tercero contratante. / EXISTENCIA DEL CONTRATO DE TRABAJO - Quien invoque su condición de trabajador, con la simple demostración de la prestación del servicio a una persona natural o jurídica se presume, iuris tantum, el contrato de trabajo sin que sea necesario probar la subordinación o dependencia laboral.
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- Categoría: Laboral
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TEMA: RESPONSABILIDAD SOLIDARIA - la disposición legal que concibe la solidaridad entre el contratista independiente y el beneficiario de la obra por el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de los trabajadores del primero, exige que las actividades que desplieguen uno y otro tengan el mismo giro ordinario o normal, vale decir tengan correspondencia en su objeto social. /


