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- Categoría: Civil
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TEMA: CLAUSULA PENAL - El art. 1592 del Código Civil, dice que: “La cláusula penal es aquélla en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena que consiste en dar o hacer algo en caso de no ejecutar o retardar la obligación principal”. / CARGA DE LA PRUEBA - No basta con la mera afirmación del demandante de que el demandado incumplió con la obligación pactada, porque además tiene la carga de aportar la prueba de esta aseveración. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: DE LA AFILIACIÓN - Toda persona con capacidad de pago debe estar obligatoriamente afiliada al sistema general de pensiones. / COMPATIBILIDAD DE DEVOLUCIÓN DE SALDOS CON PENSIÓN DE INVALIDEZ DE ORIGEN COMÚN - La devolución de saldos no afecta la eventualidad del derecho a la pensión de invalidez por cuanto se trata de dos beneficios legales diversos, que buscan amparar riesgos disímiles. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: CULPA PATRONAL / INDEMNIZACIÓN - cuando el empleador incumple las obligaciones derivadas del contrato de trabajo se ve obligado a indemnizar al trabajador que resulte afectado por dicha omisión / CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA /CARGA PROBATORIA - cuando ocurra un accidente de trabajo o se estructure una enfermedad profesional, el empleador tiene que demostrar que de manera oportuna y razonable identificó los riesgos ocupacionales y tomó todas las medidas de prevención pertinentes, sólo así podrá demostrar el cumplimiento de esta obligación y probar la ausencia de culpa patronal /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: CULPA PATRONAL - Esa responsabilidad del empleador entonces en la ocurrencia de un infortunio laboral se determina luego del análisis de las pruebas que denoten el cumplimiento o no de los deberes de prevención que le corresponden a aquél, ya sea que se derive de una acción. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: ACCIÓN DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES - La acción de tutela contra providencias judiciales que pongan fin a un proceso es, por regla general, improcedente. salvo si se trata de una ostensible y grave “actuación de hecho” / REQUISITOS GENERALES Y ESPECIFICOS DE PROCEDIBILIDAD - Requisitos que abarcan muchas de las categorías que previamente venía configurando la doctrina constitucional como vías de hecho. / LA EJECUTORIA DE LAS PROVIDENCIAS - Las providencias proferidas en audiencia adquieren ejecutoria una vez notificadas, cuando no sean impugnadas o no admitan recursos. /
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- Categoría: Familia
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TEMA: OMISIÓN EN EL PRONUNCIAMIENTO DE LAS EXCEPCIONES - la omisión de un pronunciamiento expreso sobre las excepciones no genera automáticamente un error de procedimiento, debe necesariamente, así sea de forma implícita, resolverse el embate traído por la parte pasiva del litigo. / PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - La sentencia deberá estar en consonancia con los hechos y las pretensiones aducidos en la demanda y con las excepciones que aparezcan probadas y si hubieren sido alegadas sí así lo exige la ley. /




