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TEMA: PRESCRIPCIÓN - la acción para reclamar el derecho prescribe en tres años que se cuenta desde que la respectiva obligación se haya hecho exigible. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: ACCION DE TUTELA – Es la protección efectiva, inmediata y subsidiaria de los derechos fundamentales. De esta manera, se ha entendido que el presente mecanismo es improcedente para dirimir conflictos de naturaleza económica que no tengan trascendencia iusfundamental / LEGITIMACIÓN POR ACTIVA - supone la verificación de que quien demanda tenga la titularidad para reclamar el interés jurídico que se debate en el proceso /
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- Categoría: Civil
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TEMA: SOBRE LA NULIDAD PROCESAL - Es considerada como una figura que tiene por finalidad remediar y subsanar los vicios acaecidos en el curso de un trámite jurisdiccional. / NULIDAD POR INDEBIDA REPRESENTACIÓN - Dicha irregularidad se configura en los casos de ausencia de la capacidad para comparecer al proceso de los sujetos procesales que en ellos intervienen. /
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TEMA: ALCANCE DE LA MEDIDA CAUTELAR - busca es asegurar el cumplimiento de la decisión que se adopte en el desarrollo de un proceso judicial, esto es, impedir la destrucción o afectación de los derechos controvertidos. / BIENES CON AFECTACIÓN A VIVIENDA FAMILIAR - la figura de la afectación a vivienda familiar sólo puede afectar inmuebles destinados, como su nombre lo dice, a la vivienda de la familia, por ende dicho gravamen no se puede impetrar frente a una segunda vivienda, un local comercial, una finca recreacional, lotes o cualquier otro inmueble que no esté destinado a la vivienda. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: INCOMPETENCIA JUDICIAL - El Inciso 3º del artículo 139 del Código General del Proceso, aplicable en materia laboral por remisión analógica del artículo 145 del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social, establece que el Juez que reciba el expediente no podrá declararse incompetente cuando el proceso le sea remitido por alguno de sus superiores funcionales. / NULIDAD INSANEABLE - cuando se observa que el Juez Laboral del Circuito está atribuyendo una competencia que no corresponde, al verificarse allí una nulidad insaneable por el factor funcional, se anula dicha decisión.
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TEMA: TITULO PENSIONAL – Corresponde al cálculo de la reserva actuarial o cálculo actuarial que deberán trasladar a COLPENSIONES las empresas o empleadores del sector privado que, con anterioridad a la vigencia del Sistema General de Pensiones, tenían a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones. /CALCULO ACTUARIAL- Impide que el trabajador tenga que soportar las consecuencias por la falta de afiliación atribuible a su empleador, y, en consecuencia, garantiza que sus derechos mínimos e irrenunciables no se vean afectados por dicha omisión. /


