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TEMA: PAGO DE INCAPACIDADES - Si el concepto de rehabilitación remitido por la EPS es desfavorable, esto no excusa para que el fondo de pensiones desconozca su obligación del pago de las incapacidades a partir del día 181. / LEGITIMACIÓN PARA DEMANDAR - Están legitimados quienes acrediten su condición de herederos para pedir los derechos que debieron acrecer el patrimonio del difunto con el fin de que se reconozcan y paguen a fin de que integren la masa sucesoral.
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TEMA: CONTRATO DE TRANSACCIÓN – Ha sido definida por el ordenamiento colombiano en el artículo 2469 del Código Civil, como “(…) un contrato en que las partes terminan extrajudicialmente un litigio pendiente o precaven un litigio eventual” /
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- Categoría: Civil
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TEMA: POSESIÓN - La posesión según jurisprudencia reiterada de la Corte Suprema de Justicia obliga por lo menos a la coincidencia sobre dicha calidad en varios de los actos procesales y probatorios cumplidos en el proceso, para que resulte suficiente su demostración en el poseedor que afirma detentarla.
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TEMA: FUERO SINDICAL –Los trabajadores aforados por este fuero gozan de la garantía de no ser despedidos, ni desmejorados en sus condiciones de trabajo, ni trasladados a otros establecimientos de la misma empresa o a un municipio distinto, sin justa causa, previamente calificada por el juez del trabajo. / DESPIDO CON JUSTA CAUSA – En el caso de interés, para realizar un despido a un trabajador que goce con fuero sindical es indispensable la demanda por parte de su empleador alegando las causales que se consideren justas para justificar la acción./
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- Categoría: Civil
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TEMA: ACUERDO CONCILIATORIO - queda sin efectos, si las partes deciden de mutuo acuerdo, acudir a la jurisdicción para que dirima lo que fue objeto de conciliación. / DECISIONES JUDICIALES Y ACUERDO CONCILIATORIO - si el trámite ya se adelantó ante la jurisdicción, las decisiones hacen tránsito a cosa juzgada y son vinculantes, tanto para las partes como para la jurisdicción, sin que se pueda insistir en hacer valer una conciliación previa.
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TEMA: MULTIPLICIDAD DE CONTRATOS - el contrato de trabajo a término indefinido es la regla general de la vinculación – artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo -, el legislador dota al empleador de otras modalidades contractuales, para que pueda adecuar sus nóminas y personal a las necesidades cambiantes de la producción o de prestación de servicios. / DE LA PRESCRIPCIÓN - como modo de extinguir las obligaciones, es una excepción legítima al postulado de la irrenunciabilidad de derechos, en cuanto propende por la realización de otros valores como la aludida seguridad jurídica y el ejercicio responsable de los derechos. / FACTORES SALARIALES QUE CONSTITUYEN SALARIO / AMPARO - todo pago que se efectúe como contraprestación directa del servicio, es salarial, con independencia de la denominación que se le haya dado y de la existencia de acuerdo entre las partes, siendo ello una manifestación del principio de primacía de la realidad sobre las formas en las relaciones de trabajo. /



