- Detalles
- Categoría: Civil
- Tiempo de lectura: 4 mins
- Visitas: 3253
TEMA: TENEDOR LEGÍTIMO DE TÍTULO VALOR- quien lo posea según su ley de circulación, la que, tratándose de títulos a la orden, como los pagarés centro de esta ejecución, requiere de endoso en los términos de los artículos 651 y 654 de dicha codificación. / ENDOSO- Permite la negociabilidad de los títulos valores. / VALORACIÓN PROBATORIA /
- Detalles
- Categoría: Civil
- Tiempo de lectura: 4 mins
- Visitas: 2642
TEMA: PROMESA DE COMPRAVENTA - Los términos de un contrato prometido, solo se aplicarán a la materia sobre que se ha contratado. / MÉRITO EJECUTIVO – El título debe ser claro, expreso y exigible /
- Detalles
- Categoría: Civil
- Tiempo de lectura: 4 mins
- Visitas: 2570
TEMA: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN CAUSAL 1ª– Se contrae a demostrar que la justicia, por absoluto desconocimiento de un documento que a pesar de su preexistencia fue imposible de oportuna aducción por el litigante interesado, profirió un fallo que resulta a la postre paladinamente contrario a la realidad de los hechos y por ende palmariamente injusto.
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 4 mins
- Visitas: 2579
TEMA: INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS EN EL TRASLADO DE RÉGIMEN – Ante la falta de prosperidad de la ineficacia del traslado de régimen, queda a salvo el derecho del pensionado de demandar la indemnización total de perjuicios a cargo de la administradora. / PRESCRIPCIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS - En la medida que el daño es perceptible o apreciable en toda su magnitud desde el momento en que se tiene la calidad de pensionado, el término de prescripción de la acción debe contarse desde este momento. /
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 2 mins
- Visitas: 2816
TEMA: MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO - la cautela de embargo está prevista en el artículo 593 del CGP, por lo que no corresponde a la noción de medidas cautelares innominadas consagradas en el literal C del artículo 590 del CGP.
- Detalles
- Categoría: Civil
- Tiempo de lectura: 3 mins
- Visitas: 1570
TEMA: REQUISITOS ADICIONALES DE LA DEMANDA - El inciso 3º del artículo 83 ib. dispone como requisitos adicionales de las demandas que recaigan sobre bienes muebles que estos deberán determinarse por su “cantidad, calidad, peso o medida, o los identificarán, según fuere el caso”.


