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- Categoría: Laboral
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TEMA: CULPA PATRONAL- No se acreditó la culpa suficientemente comprobada de que trata el artículo 216 del CST, puesto que el infortunio que sufrió el señor ROBINSON MANUEL SIERRA obedeció a una omisión propia en la práctica de su labor al apoyarse en un zona de la estructura no permitida ni diseñada para ese fin, circunstancia que según el material probatorio arrimado, escapa de la órbita de responsabilidad del empleador al romperse el nexo de causalidad, por lo que, no hay lugar a la indemnización plena de perjuicios por culpa patronal./
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- Categoría: Civil
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TEMA: ACCIDENTE LABORAL VS. RESPONSABILIDAD CIVIL - La responsabilidad de indemnizar los perjuicios ocasionados por un accidente de tránsito no será igual si éste se da en el marco de un accidente de trabajo. No todo daño causado en un accidente de tránsito se resarce por la vía de la responsabilidad civil, en tanto se presentan otros tipos de responsabilidad que demarcan el camino de la reparación. Y ¿qué lo determinará? Las disposiciones legislativas especiales. Si el suceso dañoso se enmarca en alguno de esos hechos a los que la ley sustancial le da una relevancia en el ámbito laboral, no puede pretenderse que el sendero hacia la reparación se consolide a partir de una pretensión civil.
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- Categoría: Laboral
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TEMA: RETROACTIVO PENSIÓN DE INVALIDEZ – La entidad demandada, venía asumiendo el pago de las incapacidades, quien certificó que el último subsidio cancelado fue el 28 de julio de 2019 y en caso de existir otros reconocidos después de esa fecha, se trataría de información que reposa en sus propias bases de datos, no siendo admisible, ni razonable, que la entidad administradora de seguridad social niegue el derecho pensional a uno de sus afiliados y le imponga barreras administrativas, exigiéndole allegar documentación con datos que ella misma administra y guarda./
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- Categoría: Laboral
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TEMA: RELIQUIDACIÓN DE LA PENSIÓN DE VEJEZ - Teniendo en cuenta la totalidad de las semanas cotizadas para determinar la tasa de reemplazo, incluso aquellas que superan 1800. se obtiene una mesada pensional para el año 2019, superior a la que en su momento reconoció Colpensiones. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: INDUCCIÓN AL ERROR- La actora fue sometida a la espera de trámites administrativos que Colpensiones debió corregir oportunamente, configurándose una inducción en error a seguir cotizando, pues para el mes de diciembre de 2020, esto es, cuando alcanzó la edad mínima, tenía 1400 semanas, superando de este modo las 1.300 exigidas por la norma. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ POR ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO- Las personas que se dediquen permanentemente, y por lo menos durante 700 semanas, continuas o discontinuas, a las labores consideradas de alto riesgo, tienen derecho a una pensión especial de vejez, por parte de la administradora de pensiones, según las cotizaciones que se hayan efectuado en forma especial. /


