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- Categoría: Laboral
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TEMA: JUSTA CAUSA- La conducta reprochada al actor constituye una falta grave a sus obligaciones laborales, al no ceñirse a los procedimientos internos preestablecidos ante el faltante de efectivo al cuadrar la caja. No se requiere adelantar un procedimiento para la terminación del contrato de trabajo con justa causa, si ello no se encuentra expresamente estipulado en el contrato de trabajo./
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- Categoría: Civil
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TEMA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO - La legitimación en la causa para pretender la resolución del contrato de promesa reposa, exclusivamente, en el contratante cumplido o allanado a cumplir. Debiendo los demandantes, pagarles a los demandados, y habiendo confesado que no actuaron de tal manera, no fueron contratantes cumplidos y, por tanto, no están legitimados en la causa para pretender la resolución del contrato de promesa. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: RETROACTIVO PENSIONAL E INTERESES MORATORIOS - Se arriba a la conclusión de que el reconocimiento junto con el disfrute pensional del actor se presentó dentro del plazo de cuatro meses después de elevada la solicitud pensional, lo que de contera descarta que la entidad haya obrado de manera indiligente en la actuación administrativa interna para deducir un eventual pago de retroactivo pensional a cargo de sus propios recursos. /
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- Categoría: Extinción de Dominio
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TEMA: CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS CAUTELARES - Al recaer el asunto sobre un término legal, se debió analizar, en primer lugar, dentro del control de legalidad de las medidas cautelares, si el lapso de las mismas ya había finalizado, para luego establecer si era viable o no decretarlas, con apego de lo descrito en el ordenamiento jurídico en cuanto a las limitaciones al dominio, pues con ese análisis es que se puede establecer si, trascurrido ese término sin que se haya archivado la actuación ni radicado la respectiva demanda, se tornaron en ilegales, procediendo únicamente su levantamiento. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA - Para efecto de aplicar la condición más beneficiosa en el caso particular se sigue el precedente emanado por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, que sí permite la aplicación de la norma inmediatamente anterior a la vigente para cuando ocurre el fallecimiento. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: ACTIVIDAD PELIGROSA - Del informe pericial de necropsia, emitido por el Instituto Nacional de Medicina Legal, se concluye que si bien la prueba en mención es conducente y pertinente para determinar el diagnóstico que causó la muerte de la víctima directa, no lo es para vincular tal suceso con el accidente, por cuanto el experto solo consideró el “acta de inspección técnica del cadáver”, según la cual la causa del deceso fue el accidente de tránsito, pero echó de menos la historia clínica así como tal acta (la de inspección técnica del cadáver), la que refleja otro tipo de lesiones, por lo que el nexo de causalidad queda en entredicho. / PRINCIPIO DE CONGRUENCIA – El argumento por el que se estimaron las súplicas, el mismo contraviene el principio de congruencia, pues no se podía condenar por algo que no se pidió, ni se expuso fácticamente. /



