05088311000220180075501

TEMA: LAS INDEMNIZACIONES HACEN PARTE DEL HABER RELATIVO.

Antecedentes. Se presentó objeción a los inventarios a efectos de que se excluyan algunas partidas (indemnizaciones).

Problema Jurídico. Las indemnizaciones constituyen un bien social relativo. Artículo 1781 Código Civil, numeral 3°. Se incluye pasivo. Artículo 1796 numeral 2° ibídem y articulo 1803. No se asumió la carga de la prueba por parte de la demandada.

Decisión. Confirma auto en cuanto excluyó pasivos externos y compensaciones. Revoca en cuanto excluyó de los activos las indemnizaciones y declara que no prospera la objeción y en su lugar, se incluyen.

PONENTE: DRA. LUZ DARY SANCHEZ TABORDA

FECHA: 17/03/21

TIPO DE PROVIDENCIA: Auto

También te puede interesar decisión destacada
  • Familia
    28 Abril 2026
    23

    TEMA: DESISTIMIENTO TÁCITO POR INACTIVIDAD PROCESAL - Concluye la Sala que, desde el día siguiente hábil a la última actuación que desplegó el juzgado, cuando le remitió a la mandataria judicial de las demandantes, la copia de los oficios,...

05088311000220180075501.pdf

Artículos relacionados por temas

Cómo llegar

Nuestras redes sociales