050013105016202000026-01

TEMA. PENSIÓN DE INVALIDEZ. Principio de la condición más beneficiosa. "El principio de la condición más beneficiosa se activa ante la ausencia de un régimen de transición, el cual, precisamente, procura de manera explícita garantizar los derechos que están en curso de ser adquiridos", como por ejemplo, las pensiones de invalidez y sobreviviente. Indica la Sala de Decisión, que como lo señala la Corte Suprema de Justicia, uno de los aspectos esenciales, es que " (...) se tenga en cuenta aquella norma inmediatamente anterior a la que corresponda según la fecha de invalidez del afiliado (...)"; pero se apega en este caso, a los pronunciamientos de la Corte Constitucional, admitiendo el principio de la condición más beneficiosa, siempre que se cumpla el test de procedencia establecido en la SU 556 de 2019.

MP. DR. JOHN JAIRO ACOSTA PÉREZ

PROVIDENCIA. SENTENCIA.

FECHA. 27/05/2022

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