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TEMA: RESPONSABILIDAD CIVIL MÉDICA - Tiene como presupuestos axiológicos: la culpa médica o hecho culposo, el daño y el nexo causal entre aquellos. / CARGA DE LA PRUEBA - Según el dictamen pericial, no hay resquicio de duda de que el daño reclamado por el paciente, no se presentó por causa de la atención médica que se le dispensó en la Clínica /

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HECHOS: El señor Fernando Cardona Giraldo, mediante demanda presentada en contra de Sociedad Médica Antioqueña S.A. (en adelante SOMA), pretende que a esta se le condene a pagarle por perjuicios morales la suma de 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes, e igual suma por daño a la vida de relación, así como también se le condene por lucro cesante en la suma que se demuestre en el proceso.

TESIS: Es importante hacer énfasis en que los médicos asumen una obligación de medio y no de resultado, esto es una Obligación que impone al profesional médico el deber de mantener una determinada conducta o de poner al servicio del paciente determinados medios, pero sin garantizar un concreto resultado. (…) Según el dictamen pericial, no hay resquicio de duda de que el daño reclamado por el paciente: la encefalopatía hipóxica padecida, no se presentó por causa de la atención médica que se le dispensó en la Clínica SOMA; es decir, cuando el paciente llegó al servicio de urgencia ya tenía por lo menos muestras de una hipoxia isquémica y, en todo caso, ya llevaba en su cuerpo la causa de la encefalopatía (…) Las circunstancias de modo y tiempo en que se presentó la patología de la que se pretende derivar los perjuicios, no resulta posible establecer un vínculo causal con la atención médica brindada. Si el paciente llegó a urgencias con signos claros de sufrir una encefalopatía hipoxia isquémica (situación en la cual el cerebro no recibe suficiente oxigeno) debido a la gravedad de la lesión sufrida en el corazón, no resulta posible que esa patología se hubiese presentado por el actuar médico: ni antes, ni durante y mucho menos después de la intervención que le salvó la vida y redujo los síntomas y gravedad de la encefalopatía. (…) Ahora bien, no es que la ausencia de nexo entre la atención y la encefalopatía se fundamente en la prueba testimonial de los médicos que trabajan o trabajaron para la demandada, sino que es importante señalar que el dicho de estos se orienta en el mismo sentido del perito. (…) el a quo, hizo referencia a todos los medios de prueba recaudados y no le fue suficiente con analizar que en este caso no se acreditó la culpa médica y que por el contrario se acreditó la debida diligencia y cuidado, sino que también se ocupó de analizar la falta de nexo causal.

MP. PIEDAD CECILIA VÉLEZ GAVIRIA
FECHA: 15/07/2020
PROVIDENCIA: SENTENCIA.

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