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- Categoría: Laboral
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TEMA: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE LA PENSIÓN DE VEJEZ - Las personas que habiendo cumplido la edad para obtener la pensión de vejez no hayan cotizado el mínimo de semanas exigidas, y declaren su imposibilidad de continuar cotizando, tendrán derecho a recibir, en sustitución, una indemnización equivalente a un salario base de liquidación promedio semanal multiplicado por el número de semanas cotizadas; al resultado así obtenido se le aplica el promedio ponderado de los porcentajes sobre los cuales haya cotizado el afiliado. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: INCOMPATIBILIDAD ENTRE PENSIÓN DE INVALIDEZ Y PENSIÓN DE VEJEZ - Ningún afiliado podrá recibir simultáneamente pensiones de invalidez y de vejez; de manera que solo resulta procedente modificar la pensión de invalidez a la especial de vejez por altas temperaturas en caso de que se acredite el cumplimiento de los requisitos consagrados en la Ley para este tipo de prestación. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: JUSTO TÍTULO – La obligación de transferir el derecho de dominio, en sí, es ajena a la promesa de contrato de compraventa, ya que ésta apenas da lugar a la obligación de celebrar la venta prometida y no puede constituir, en consecuencia, "justo título" para hacerse al dominio del bien prometido, de donde ha de admitirse que el hecho de la celebración de una promesa de compraventa, per se, a lo sumo -y sólo en determinadas circunstancias- facilitaría al promitente comprador que quedara como tenedor o poseedor de la cosa, pero, en manera alguna, como propietario de ella.
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- Categoría: Laboral
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TEMA: PENSIÓN ANTICIPADA DE VEJEZ POR INVALIDEZ – Protege de manera excepcional a las personas que padezcan una deficiencia física, síquica o sensorial del 50% o más, que cumplan 55 años de edad y que hayan cotizado en forma continua o discontinua 1000 o más semanas al régimen de seguridad social establecido en la Ley 100 de 1993. /
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- Categoría: Familia
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TEMA: ELEMENTOS ESTRUCTURALES DE LA UNIÓN MARITAL DE HECHO - La singularidad de los involucrados, la ausencia de matrimonio entre ellos y una comunidad de vida permanente. / PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - La sentencia debe estar en consonancia con las pretensiones contenidas en la demanda, sin poder otorgar más, menos o algo diferente a lo solicitado; pero el juez podrá fallar ultrapetita y extrapetita, cuando sea necesario para brindarle protección adecuada a la pareja y prevenir controversias futuras de la misma índole. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: DEMANDA EJECUTIVA – No existe una norma que obligue al arrendador o a su subrogatario a presentar una demanda ejecutiva ante el mismo juez que tramitó el proceso de restitución de bien inmueble arrendado. El numeral 7° del artículo 384 del C.G.P. no impone tal obligación. Este artículo no determina que el juez de la restitución sea el único competente de manera perpetua. /



