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- Categoría: Familia
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TEMA: INHABILIDAD PARA TESTAR - La ley declara inhábiles para testar a quien actualmente no estuviere en su sano juicio por ebriedad o por otra causa y, además, a quien de palabra o por escrito no pudiere expresar su voluntad claramente. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: COSA JUZGADA- no hace tránsito a cosa juzgada si los accionantes han demostrado que no se ha emitido un pronunciamiento de fondo sobre la pretensión puesta en conocimiento original de un juez, o que existe un hecho nuevo que justifica que el fallador analice bajo otro enfoque el asunto novedoso. /ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA- la sociedad demandada, para desvirtuar la presunción de despido discriminatorio, debe demostrar que la relación de trabajo terminó por causal objetiva, justa causa, mutuo acuerdo o renuncia libre y voluntaria del trabajador./
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- Categoría: Familia
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TEMA: UNIÓN MARITAL DE HECHO – La unión marital de hecho no se configura por simples relaciones casuales, ocasionales, efímeras, transitorias, esporádicas, o azarosas, sino en virtud de la unión de personas no casadas entre sí que conviven more uxorio, hacen comunidad de vida estable y permanente plasmada en las relaciones sexuales, la ayuda, el socorro mutuo y la affectio marital. / COMUNIDAD DE VIDA PERMANENTE - La permanencia es la duración firme, la constancia, la perseverancia y, sobre todo, la estabilidad de la comunidad de vida, y excluye la que es meramente pasajera o casual. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: PROCESO EJECUTIVO - Pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles que consten en documentos que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él, o las que emanen de una sentencia de condena proferida por juez o tribunal de cualquier jurisdicción, o de otra providencia judicial, o de las providencias que en procesos de policía aprueben liquidación de costas o señalen honorarios de auxiliares de la justicia, y los demás documentos que señale la ley. / CLARIDAD, EXIGIBILIDAD Y EXPRESIVIDAD DE LOS TÍTULOS EJECUTIVOS - Consiste en que el documento que la contenga sea inteligible, inequívoco y sin confusión en el contenido y alcance obligacional de manera que no sea oscuro con relación al crédito a favor del acreedor y la deuda respecto del deudor. Que los elementos de la obligación, sustancialmente se encuentren presentes, los sujetos, el objeto y el vínculo jurídico. Tanto el préstamo a favor del sujeto activo, así como la acreencia en contra y a cargo del sujeto pasivo. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: ELEMENTOS ESTRUCTURALES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL - Que todo daño ocasionado debe repararse. El que ha cometido un delito o culpa, que ha inferido daño a otro, es obligado a la indemnización, sin perjuicio de la pena principal que la ley imponga por la culpa o el delito cometido. / CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA - Se memora que el eximente conocido como «hecho de la víctima» se presenta cuando la actuación de aquella constituyó la causa exclusiva o concurrente del daño. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: SUSTITUCIÓN DE EMPLEADORES - Todo cambio de un empleador por otro, por cualquier causa, siempre que subsista la identidad del establecimiento, es decir, en cuanto éste no sufra variaciones esenciales en el giro de sus actividades o negocios. / RESPONSABILIDADES ENTRE EMPLEADORES - Frente a las responsabilidades entre el antiguo y el nuevo empleador, la situación se encuentra regulada en los artículos 69 y 70 del C.S.T. en los que se dispone que el antiguo y el nuevo empleador son responsables solidariamente por las obligaciones que sean exigibles al momento de la sustitución, y aquellas que surjan con posterioridad a esa fecha, solo corresponden al nuevo empleador. /



