Decisiones Sala Laboral
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 7 mins
- Visitas: 2687
TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - Para ostentar la calidad de beneficiario de la pensión de sobrevivientes, tanto para el cónyuge como para el compañero o la compañera permanente, el periodo mínimo de convivencia es de cinco (5) años, independientemente de si el causante de la prestación es un afiliado o un pensionado. / CUANTÍA DE LA SUSTITUCIÓN PENSIONAL POR CAUSA DE MUERTE - El monto mensual de la pensión de sobrevivientes por muerte del pensionado será igual al 100% de la pensión que aquel disfrutaba. /
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 8 mins
- Visitas: 3394
TEMA: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE LA PENSIÓN DE VEJEZ - Las personas que habiendo cumplido la edad para obtener la pensión de vejez no hayan cotizado el mínimo de semanas exigidas, y declaren su imposibilidad de continuar cotizando, tendrán derecho a recibir, en sustitución, una indemnización equivalente a un salario base de liquidación promedio semanal multiplicado por el número de semanas cotizadas; al resultado así obtenido se le aplica el promedio ponderado de los porcentajes sobre los cuales haya cotizado el afiliado. /
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 8 mins
- Visitas: 1980
TEMA: INCOMPATIBILIDAD ENTRE PENSIÓN DE INVALIDEZ Y PENSIÓN DE VEJEZ - Ningún afiliado podrá recibir simultáneamente pensiones de invalidez y de vejez; de manera que solo resulta procedente modificar la pensión de invalidez a la especial de vejez por altas temperaturas en caso de que se acredite el cumplimiento de los requisitos consagrados en la Ley para este tipo de prestación. /
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 8 mins
- Visitas: 2355
TEMA: PENSIÓN ANTICIPADA DE VEJEZ POR INVALIDEZ – Protege de manera excepcional a las personas que padezcan una deficiencia física, síquica o sensorial del 50% o más, que cumplan 55 años de edad y que hayan cotizado en forma continua o discontinua 1000 o más semanas al régimen de seguridad social establecido en la Ley 100 de 1993. /
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 11 mins
- Visitas: 3110
TEMA: ACTA DE TRANSACCIÓN – Debe cumplir los siguientes requisitos: i) la existencia de un derecho litigioso, eventual o pendiente de resolver; ii) que se trate de un derecho que no tiene la connotación de cierto e indiscutible porque no hay certeza sobre su dimensión y no se ha configurado una consecuencia jurídica; iii) hay ausencia de vicios del consentimiento -error, fuerza o dolo-, y iv) lo acordado propicia generar concesiones recíprocas y mutuas para las partes. / PENSIÓN SANCIÓN - Son tres los requerimientos que deben cumplirse para hacerse acreedor a esta prestación: i) Falta de afiliación al sistema general de pensiones, ii) Terminación del contrato de trabajo sin justa causa y iii) Tiempo de servicios superior a diez años y menor a quince, siendo la edad tan solo una condición para su exigibilidad. /
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 5 mins
- Visitas: 1775
TEMA: INVALIDEZ DEL TRASLADO DE REGIMEN-Los afiliados al Sistema General de Pensiones sólo podrán trasladarse de régimen por una sola vez cada cinco años, contados a partir de la selección inicial, no podrán trasladarse de régimen cuando le faltaren diez años o menos para cumplir la edad para tener derecho a la pensión de vejez. / DEVOLUCIÓN DE SALDOS - La finalidad de la devolución de saldos, es permitir a los afiliados que lleguen a la edad para recibir la pensión de vejez, pero no hayan alcanzado a cotizar las semanas suficientes, que tengan derecho a reclamar el reintegro de sus ahorros. / BONO PENSIONAL - Es un título valor que representa en tiempo y dinero los aportes que una persona efectuó a su fondo de pensiones o a las cajas o empresas públicas y privadas reconocedoras de pensión. /

