Decisiones Sala Laboral
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TEMA: PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO – No se hizo ningún condicionamiento para la procedencia del derecho, ni se señaló expresamente que para acceder al seguro, debe sujetarse a los términos y condiciones del contrato de póliza, ni se registran las exclusiones que la aseguradora, de manera que al no estar previstos en el artículo 12 del Estatuto de Personal de Comfama los condicionamientos definidos en la póliza, permiten concluir que el contrato de seguro suscrito entre Comfama y Metlife no obliga a la demandante, de manera que la prerrogativa descrita en el Estatuto de Personal, vinculó única y exclusivamente a la trabajadora y a su ex empleador, y por tanto es Comfama el obligado a asumir el reconocimiento y pago del seguro de vida de la demandante. /
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TEMA: AUXILIO FUNERARIO - Para la Sala la expedición de la factura de venta de manera extemporánea por sí solo no inválida el negocio jurídico, no le resta a la factura efectos de título valor, ni valor probatorio a la factura, y solo acarrea efectos adversos en materia tributaria para la entidad que la expidió con posterioridad al momento en que se efectuó la venta o el servicio; no obstante, al analizar la respuesta otorgada por la DIAN, en el presente caso se advierten la concurrencia de circunstancias especiales, relativas a la expedición de múltiples facturas a nombre del actor, aspecto que analizado en conjunto, y en virtud del principio de la sana crítica no genera un convencimiento pleno de que en realidad este, haya sufragado los gastos funerarios. /
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TEMA: DESPIDO DE TRABAJADOR CON FUERO SINDICAL - Para la Sala se verifica que el laborante aforado incurrió en una conducta catalogada como grave, pues, de acuerdo a sus funciones como cajero principal, incumplió con el Código de conducta de la entidad accionante y más precisamente con el principio 3, que se refiere a «comportarse con honestidad e integridad». /
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TEMA: NULIDAD DE LOS DICTÁMENES – De acuerdo con el análisis precedente el dictamen de la Facultad Nacional de Salud Pública de la Universidad de Antioquia no logra demostrar que el puntaje asignado a las deficiencias de la demandante sea superior al definido por las diferentes entidades que participaron en el trámite administrativo, que en su caso suman 24.4%. /
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TEMA: CONTRATO REALIDAD – Los medios de prueba aportados al diligenciamiento judicial, son claros en cuanto a la concurrencia de los elementos inmanentes a una relación de trabajo subordinada o dependiente, no siendo admisible entender que por lo simple o mecánico de la labor desplegada por el demandante y el hecho de que no se requiere permanente capacitación o directrices, se excluya la existencia del elemento subordinación, por el contrario, el hecho de que la tarea no requiera especiales conocimientos técnicos o científicos es indicativo que la labor era del giro ordinario de la sociedad llamada a juicio y por lo tanto debía ser contratada a través de su planta de cargos. /
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TEMA: BIENES INEMBARGABLES-Las medidas cautelares que recaen sobre la cuenta corriente adscrita al Banco Agrario, y de la que es titular el ente público accionado, resultaron afectando recursos inembargables del SGSS que tienen destinación especifica, con lo que se desconoció el marco normativo y la jurisprudencia constitucional en torno del principio de inembargabilidad, su alcance y sus excepciones./

