Decisiones Sala Laboral
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TEMA: PENSIÓN DE JUBILACIÓN CONVENCIONAL-Si bien es cierto que la pensión de jubilación reconocida bajo los términos de la convención colectiva incluye el derecho a 14 mesadas, este beneficio no es extensible a la pensión de vejez otorgada bajo el régimen general./
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TEMA: PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ- No puede la entidad de Seguridad Social cargar al trabajador con la negativa del derecho pensional por el no pago del monto adicional que le imponía la ley a su empleador, máxime cuando el artículo 24 de la Ley 100 de 1993 puso en sus manos un poder-deber de adelantar las acciones de cobro por el incumplimiento de las obligaciones de la seguridad social./
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TEMA: ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA- La discapacidad debe ser relevante, sensible o sustancial para el desempeño del empleo, pues solo éstas pueden dar lugar a una verdadera actitud discriminatoria del empleador cuando no obstante su existencia, el trabajador es separado de su actividad laboral./
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES- La comunidad de vida no se limita a la cohabitación en un mismo espacio, en tanto es posible que, debido a necesidades laborales, condiciones de salud u otras circunstancias, se presente un distanciamiento físico de la pareja, esta situación no implica la ruptura del vínculo. /
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TEMA: SUPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO- La suspensión del contrato no puede basarse en la expectativa de que el trabajador obtenga una pensión de invalidez. Además, la suspensión no puede reemplazar el salario con el eventual retroactivo de la pensión, ya que ambos conceptos no son excluyentes.
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES- Si bien es cierto, la jurisprudencia exige al cónyuge separado de cuerpos o de hecho convivencia de por lo menos cinco años en cualquier tiempo, también lo es, que en estos eventos, no se exige que el potencial beneficiario de la prestación de sobrevivientes demuestre que mantuvo un vínculo de solidaridad y acompañamiento espiritual o económico hasta el momento de la muerte. /

