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- Categoría: Laboral
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TEMA: PENSIÓN DE VEJEZ- En casos en que no hay coincidencia entre el momento de reunión de los requisitos y el retiro del servicio, la fecha de entrada en vigencia del sistema sirve en principio para establecer el período faltante para adquirir el derecho, vale decir, es una simple medida de tiempo, ya que la contabilización de los aportes para liquidar la prestación debe hacerse desde la fecha a partir de la cual se hace efectivo el reconocimiento hacia atrás hasta completar el lapso inicialmente determinado./
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- Categoría: Extinción de Dominio
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TEMA: PRUEBAS APORTADAS - Una vez la Fiscalía tiene las pruebas y las aporta fundamentando todo, el afectado es quien debe demostrar que no hay causal de extinción de dominio.
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- Categoría: Laboral
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TEMA: SUSTITUCIÓN PENSIONAL - Prestación en donde por fallecimiento de un pensionado por invalidez o vejez, hay lugar al reconocimiento de una pensión sustituta en favor de sus beneficiarios. Aquí se valida la condición de los beneficiarios del pensionado en el momento en que este falleció.
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- Categoría: Laboral
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TEMA: RETROACTIVO PENSIONAL - Derecho que tienen las personas para cobrar las mesadas pensionales que no han sido pagadas, desde la fecha en que cumplió los requisitos hasta la fecha del reconocimiento de la pensión / PENSIÓN DE INVALIDEZ - No es la alteración de la salud, sino la incidencia de tal acontecimiento en la disminución del ingreso o ganancia, como repercusión de la afectación o pérdida de la capacidad laboral del trabajador.
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- Categoría: Laboral
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TEMA: ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA- Corresponde al empleador que deseé terminar el contrato de trabajo de una persona en condiciones de debilidad manifiesta solicitar autorización ante el Ministerio del Trabajo, so pena de entenderse ineficaz y proceder el pago de la respectiva indemnización sancionatoria./
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TEMA: SUSTITUCIÓN PENSIONAL- Tratándose de cónyuge de pensionado se debe acreditar una convivencia efectiva de 5 años anteriores al fallecimiento, en este sentido la convivencia real y efectiva implica una comunidad de vida estable, permanente y firme, de mutua comprensión, de modo que se excluyen los encuentros pasajeros, casuales o esporádicos, e incluso las relaciones que, a pesar de ser prolongadas, no generen las condiciones necesarias de una comunidad de vida./


