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- Categoría: Laboral
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TEMA: CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA - Si bien feneció entre el periodo establecido por la jurisprudencia, no cuenta con la totalidad de requisitos para ello. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: COMPATIBILIDAD PENSIONAL - La pensión de invalidez de origen laboral y la pensión de vejez si son compatibles, en consideración a que amparan riesgos diferentes. Sumado a ello, cuentan con una forma de financiación diferente, debido a ello, ambas prestaciones cuentan con una reglamentación distinta. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: RESPONSABILIDAD MÉDICA- Corresponde a la parte demandante probar el supuesto de hecho de las normas que consagran el efecto jurídico que ellas persiguen, debiendo acreditar su dicho para concretar la imputación de negligencia. No se probó la culpa como elemento constitutivo de la responsabilidad médica./
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- Categoría: Familia
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TEMA: SOCIEDADES CONYUGAL Y PATRIMONIAL- Si se admitiera que la demandante hubiese probado que tuvo una unión marital de hecho con el demandado, y que la misma hubiera perdurado, por dos años, conformándose su sociedad patrimonial, el especificado inmueble no es social conyugal, porque su adquisición advino, durante la vigencia de la patrimonial, por lo que tampoco podría incluirse, en los inventarios y avalúos, para su posterior distribución, descartándose de tajo, que integre el caudal matrimonial, ya que, como se extrapoló, una y otra son distintas y no coexistentes./
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- Categoría: Familia
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TEMA: CONFLICTO DE COMPETENCIA- Los conflictos de competencia administrativa se promoverán de oficio o por solicitud de la persona interesada. La autoridad que se considere incompetente remitirá la actuación a la que estime competente; si esta también se declara incompetente, remitirá inmediatamente la actuación a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en relación con autoridades del orden nacional o al Tribunal Administrativo correspondiente en relación con autoridades del orden departamental, distrital o municipal. En caso de que el conflicto involucre autoridades nacionales y territoriales, o autoridades territoriales de distintos departamentos, conocerá la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado./
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- Categoría: Laboral
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TEMA: RELIQUIDACIÓN PENSIONAL – Si dichos tiempos no cotizados fueron validados para la estructuración de una pensión, directamente o vía conmutación, o bien a cargo del empleador –llámese pensión sanción, restringida o plena de jubilación- o ya sea del sistema, no hay lugar al pago del cálculo actuarial. Imponerlo supondría obligar dos veces al empleador a asumir el riesgo de vejez por un mismo trabajador, lo que raya con el sentido de justicia y el equilibrio en las relaciones de trabajo./



