Decisiones Sala Laboral
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TEMA: LA AFILIACIÓN AL RÉGIMEN PENSIONAL DEBE SER LIBRE Y VOLUNTARIA - Resulta cardinal la elección del régimen pensional que responda a las necesidades y perfil de cada afiliado, siendo vital el papel desempeñado por las administradoras de pensiones en la información que suministran previa a su elección, en la gestión y acompañamiento que brinden al afiliado en el trascurso del trayecto pensional, así como en la fase de la definición de un derecho pensional. / INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA - Dentro de los procesos de ineficacia de traslado, la persona alega en su demanda que no recibió la información debida cuando se afilió, ello corresponde a un supuesto negativo que no puede demostrarse materialmente por quien lo invoca. /
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TEMA: SISTEMA DE AFILIACIÓN TRANSACCIONAL - la administradora de pensiones tiene que efectuar la inscripción, si el pensionado no aparece inscrito en alguna EPS o afiliado a un régimen exceptuado o especial y dentro del término de ejecutoria del acto de reconocimiento de la pensión no manifiesta en cuál desea inscribirse. / COSTOS DE ATENCIÓN INICIAL DE URGENCIAS - los costos por la atención inicial por urgencias que requieran los afiliados al régimen contributivo, deben ser asumidos inexorablemente por la EPS en que se encuentre afiliado al momento de la atención.
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TEMA: INCLUSIÓN DEL FACTOR SALARIAL / BONO SODEXHO – la jurisprudencia es clara que se debe dejar expresamente especificado para que son, siendo prohibidas las cláusulas generales o globales. / SUSPENSIÓN DE CONTRATO- Dentro de las causales, está la del artículo 51 del CST numeral 1 donde se encuentra la fuerza mayor o caso fortuito que temporalmente impida su ejecución, el cual debe ser analizado en cada caso. / DESPIDO INDIRECTO - esta figura cuenta con unos presupuestos necesarios para ser invocada, y que corresponden a los siguientes: 1º) Que el incumplimiento sea sistemático, pues así se consagra en el numeral 6º del literal b) del art. 62 del CST cuando señala “El incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del empleador, de sus obligaciones convencionales o legales”. /
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TEMA: EXCEPCIÓN DE PAGO TOTAL DE LA OBLIGACIÓN/ tiene por finalidad evitar la efectividad de la ejecución, sin desconocer el derecho reclamado/
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TEMA: PACTO DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO - Si bien en principio, la vigencia del estatuto convencional se mantendría por el término inicialmente pactado y hasta el 31 de julio de 2010 y que no es posible extender los efectos de las cláusulas convencionales de carácter pensional más allá de esa data, pero cuando la disposición colectiva consagre una vigencia que cobije un periodo superior a esa data, debe respetarse./
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TEMA: INEFICACIA DEL TRASLADO DE RÉGIMEN PENSIONAL - la selección de cualquiera de los regímenes pensionales es de libre y voluntaria elección. Cualquier persona que atente contra el derecho del trabajador a su afiliación, traerá como consecuencia que la afiliación quedará sin efecto. / DEBER DE INFORMACIÓN - El fondo de pensiones es responsable de proporcionar e indicar al usuario que pretende trasladarse de régimen, los elementos determinantes para tomar una decisión informada. / CARGA DE LA PRUEBA - Al haberse indicado por la actora que “no recibió la información” por tratarse de una negación indefinida, lo releva de probar ese hecho y a su vez, traslada la carga de la prueba en la AFP demandada, quien deberá probar en contrario, es decir, que sí proporcionó la información completa y suficiente. / CONSECUENCIAS DE LA DECLARATORIA DE INEFICACIA DEL TRASLADO - La declaratoria de ineficacia implica que las cosas vuelven al mismo estado en que se hallarían de no haber existido el cambio, esto es, se priva de todo efecto práctico al traslado. /


