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- Categoría: Penal
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TEMA: LIBERTAD CONDICIONAL- La libertad condicional se concederá “previa valoración de la conducta punible”. En el ejercicio de ponderación sobresale la gravedad de los delitos y su trascendencia social, las cuales fueron declaras en la sentencia y tienen relación con los fines y funciones de la pena, entre las que se destacan la prevención general positiva y negativa. /
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- Categoría: Penal
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TEMA: LIBERTAD CONDICIONAL- La solicitud fue despachada de manera desfavorable, toda vez que se constató que los tiempos de privación de su libertad obedecían a procesos distintos, no acumulados, de ahí que no pudiera computarse de manera simple y llana para los dos (2) procesos en que ostenta la calidad de condenado y sobre los que fue impuesta medida de aseguramiento privativa de la libertad, en uno de ellos de carácter domiciliaria y en el otro intramural. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL- No se acredita la existencia de causa extraña culpa exclusiva de un tercero como elemento que rompa el nexo de causalidad. Se encontró acreditada la pérdida de capacidad laboral de la víctima directa, reconociendo el lucro cesante consolidado y futuro. El daño moral se presume y su tasación aplica arbitrio iuris dados los elementos sustantivos del perjuicio. El daño a la vida de relación se probó con el análisis integral de la prueba, conforme las reglas de la sana crítica. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: PLAZO DE GARANTÍA- El término de 10 años contenido en el numeral 3 del artículo 2060 del Código Civil es de garantía y no de prescripción o caducidad.
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- Categoría: Civil
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TEMA: UVR- Cobro de capital e intereses en UVR. Intereses para créditos de vivienda. Intereses para créditos de construcción de vivienda. La UVR solo puede aplicarse al capital, no a los intereses. Los intereses de mora deben liquidarse en pesos y no pueden capitalizarse.
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- Categoría: Extinción de Dominio
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TEMA: IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO – En ninguna de las declaraciones se hizo mención del afectado como partícipe de las actividades delictivas investigadas, que, aun cuando se materializaron, no es como lo señaló el ente acusador, pues no corroboró la facilidad con la que se podía avizorar su ocurrencia, pues como bien lo destacó el a quo de ser así previo a la diligencia de allanamiento y registro ya se hubiera realizado otros operativos.


