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- Categoría: Laboral
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES- No le asiste derecho a la actora a la pensión de sobrevivientes en calidad de compañera supérstite ante el fallecimiento del señor FAON (q.e.p.d.), al no acreditar como mínimo un lustro de convivencia en el tracto de tiempo inmediatamente anterior al óbito del afiliado, en los términos del artículo 74 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 13 de la Ley 797 de 2003.
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- Categoría: Extinción de Dominio
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TEMA: VULNERACIÓN AL DEBIDO PROCESO – No hay duda de que la omisión de este procedimiento ocasionó una dilación injustificada en la definición de la situación jurídica del bien, afectando directamente el debido proceso y acceso a la justicia del accionante, de quien ha sufrido una prolongada afectación patrimonial sin que exista una decisión de fondo sobre el vehículo de su propiedad. /
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- Categoría: Extinción de Dominio
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TEMA: TERCERO DE BUENA FE CUALIFICADA O EXENTA DE CULPA – No es admisible que la afectada, no certificara cómo obtuvo el dinero para efectuar la compra de los inmuebles. No le era dable trasladar la carga de probar el origen lícito del patrimonio a la fiscalía y limitarse a controvertir el peritaje contable, dado que, quien podía dar cuenta del modo de adquisición de los predios, a través de los elementos idóneos no era más que la gerente o los socios, más aún cuando el instructor demostró el nexo de la empresa afectada con el actuar ilícito. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – De los elementos de juicio que valorados juntamente con la documental y testimoniales acopiadas, permiten inferir razonadamente que la pareja convivió de manera ininterrumpida desde su matrimonio hasta el óbito del causante. Colfondos S.A. al evidenciar que se presentó una solicitud por otra beneficiaria, decidió dejar que la controversia la definiera la jurisdicción laboral, sin ni siquiera hacer la investigación administrativa tendiente a verificar el requisito de la convivencia, lo que hubiera permitido desentrañar por lo menos en sede administrativa si la compañera permanente que se presentó a reclamar el derecho acreditaba el requisito generador del mismo. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO – La edad es un requisito de causación del derecho, y como quiera que el actor cumplió los 55 años de edad con posterioridad a su retiro de la entidad, no consolidó en su favor tal derecho bajo la CCT vigente para el momento de su retiro, lo que por sustracción de materia determina la compensión legal otorgada por Colpensiones; y en cuanto a la validez del acta de conciliación con la cual se reconoció una pensión de jubilación extralegal, tal prestación pensional no corresponde a la pensión convencional reclamada, no se demostró algún vicio en el consentimiento que diera lugar a invalidar la misma./
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- Categoría: Civil
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TEMA: RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO- Valoración de la declaración de parte frente a la confesión. Concepto de reglas o máximas de la experiencia. Valor demostrativo del IPAT. La ausencia de licencia de conducción puede ser un indicio negativo de conducta a la hora de valorar la actuación de una persona en un accidente de tránsito.



