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- Categoría: Familia
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TEMA: SEPARACIÓN DE CUERPOS QUE HA PERDURADO MÁS DE DOS AÑOS– Reconoce la ruptura del vínculo matrimonial por separación de hecho y violencia intrafamiliar, declara culpable al esposo, y fija una pensión alimentaria razonable para la cónyuge inocente. Se garantiza así el acceso a la justicia y la protección de derechos en contextos de vulnerabilidad.
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- Categoría: Laboral
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, CÓNYUGE CON LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL– La señora LIBA no logra demostrar la calidad de derechohabiente de la prestación económica instada, dado que, obra sentencia de cesación de efectos civiles del matrimonio, con la consecuencia legal de la disolución de la sociedad conyugal.
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- Categoría: Civil
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TEMA: INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL – El contrato de mandato es consensual por disposición legal, sin embargo, el contrato para representación judicial celebrado por la SAE por escrito y con expresa previsión en cuanto a que su modificación debía ser también por escrito, en virtud del principio de la función pública de transparencia, no podía ser modificado con el simple acuerdo de voluntades. /
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- Categoría: Extinción de Dominio
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TEMA: FALSA TRADICIÓN - Comparte esta Sala la tesis de primer grado alrededor de la configuración de una causal de nulidad por violación de las garantías al debido proceso, que, aunque no está contenida en los numerales del artículo 16 de la Ley 793 de 2002, ha sido avalada jurisprudencialmente al tratarse de un craso error que afecta formal y materialmente el acontecer procesal. /
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- Categoría: Familia
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TEMA: PETICIÓN DE HERENCIA – Para que el derecho hereditario se extinga por prescripción no basta el simple transcurso del tiempo ni el no ejercicio de la llamada acción de petición de herencia, consagrada en el canon 1326 del Código Civil, sino que es indispensable que opere la prescripción extintiva, la que solamente se consuma y perfecciona cuando simultáneamente alguien adquiere el mismo derecho de herencia por usucapión. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: LIMITACIONES A LA APELACIÓN DE AUTOS PROBATORIOS- Sólo son apelables los autos sobre pruebas que deniegan el decreto o la práctica de una prueba. No es posible que una prueba tenga un sistema dual de contradicción, las normas de disciplina probatoria asignadas a cada medio legislado no pueden entremezclarse. La ausencia de cumplimiento de los requisitos de que trata el art. 226 del C.G.P. «no da lugar al rechazo automático de ese medio de convicción», al no estar esa causal de exclusión incluida en esa norma o en el art. 168 del C.G.P (STC2066-2021) Aplicación del principio que favorece el trámite de recursos (art. 318 parágrafo del C.G.P.).