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- Categoría: Laboral
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TEMA: SUSTITUCIÓN PATRONAL - El análisis integral de las pruebas y la normativa aplicable permite a esta Sala de Decisión concluir que la demanda carece de fundamento, pues no se probaron elementos de subordinación, dirección ni beneficio del servicio a favor de la demandada que permitieran colegir que ella ejerció funciones de empleadora. Tampoco se demostró que existiera una sustitución patronal. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: LIQUIDACIÓN DEL CONSORCIO - No quedó acreditado que en efecto el Consorcio Cydcon haya sido liquidado con la Modificación No. 2 de 28 de noviembre de 2018, por lo tanto, las sociedades que lo conformaban debían seguir con el cumplimiento de las obligaciones que tenían a su cargo, cumplimiento que se torna solidario de conformidad con lo establecido en la conformación del acuerdo consorcial y según la naturaleza de esa forma asociativa. /
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- Categoría: Extinción de Dominio
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TEMA: IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO - En atención al escueto material probatorio aportado por la fiscalía, difícil resulta tener como acreditados los orígenes ilícitos de las propiedades afectadas en este asunto y en consecuencia la configuración de alguna de las causales descritas en el artículo 2° de la Ley 793 de 2002; de igual manera, en el presente caso no se supera el estándar de persuasión más allá del balance de probabilidades. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: FALTA DE COMPETENCIA-Tratándose de una controversia de reconocimiento pensional de un empleado público ante una entidad pública, el conocimiento, trámite y resolución del presente litigio corresponde a la jurisdicción especial de lo contencioso administrativo. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: DESPIDO CON JUSTA CAUSA- La conducta se encuadra en una justa causa en la medida que no fueron comportamientos aislados o esporádicos, sino repetidos o reiterados, que implicaban el uso de dineros y elementos corporativos cuantiosos, en actividades ajenas a las funciones que debía desarrollar en el empleo para el que fue contratada. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: RETROACTIVO PENSIÓN DE INVALIDEZ- Si bien al accionante le fueron prescritas incapacidades después de la estructuración de la invalidez, no recibió pago de subsidios en esos periodos y en tal sentido, tiene derecho al pago de las mesadas pensionales desde la citada fecha. No es admisible, ni razonable, que la entidad administradora de seguridad social niegue el derecho pensional a uno de sus afiliados y le imponga barreras administrativas, exigiéndole allegar documentación con datos que ya reposaban en el expediente administrativo. /