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052663105001201500237-01

Detalles
Categoría: Laboral
Tiempo de lectura: 2 mins
Publicado: 20 Febrero 2023
Visitas: 1715

TEMA. PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y SANCIÓN MORATORIA. “Mediante acción judicial, la demandante, solicitó la declaratoria de la terminación de la relación laboral del contrato, con justa causa, por parte de la trabajadora, y se condenara a la pasiva al reconocimiento de la indemnización por terminación del contrato conforme el artículo 64 del CST, de igual forma, se ordenara el pago de: los salarios (..) así como el pago de la sanción del artículo 65 del CST y de la ley 50 de 1990 en su artículo 99 por la no consignación de las cesantías, y de la ley 52 de 1975 por la ausencia de pago de los intereses moratorios, y por último el pago de los aportes en seguridad social (…)” La parte demandante “Aceptó que es cierto que la fundación no ha efectuado el pago de las acreencias en atención al cumplimiento de las medidas de salvamento adoptadas por el Ministerio de Educación Nacional, donde se incluye el no pago de los pasivos hasta la intervención. (…) Sin embargo, este escenario no tiene que ser una carga en hombros del trabajador, quien, como extremo débil de la relación contractual, no tiene por qué tolerar, la ausencia de pago las prestaciones sociales a las que tiene derecho como consecuencia a la prestación del servicio.”

MP. JAIME ALBERTO ARISTIZÁBAL GÓMEZ

PROVIDENCIA. SENTENCIA.

FECHA. 16/02/2032

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SALA MIXTA. 0012200000201800152-00

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Categoría: Civil
Tiempo de lectura: 2 mins
Publicado: 20 Febrero 2023
Visitas: 2135

TEMA. CONFLICTO DE COMPETENCIA EN ACCIÓN DE PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR ENTRE LA SIC, SFC Y JUZGADO LABORAL. “El Código General del Proceso reitera en el artículo 24 numeral 1, literales a y b la competencia jurisdiccional que tiene la SIC respecto de los procesos que versen sobre violación a los derechos de los consumidores establecidos en el Estatuto del Consumidor y por violación a normas de competencia desleal, igualmente, le atribuye la competencia para adelantar los procesos por infracción de derechos de propiedad industrial. (…) la SFC es la competente para conocer de la acción de protección al consumidor, cuando esta se ejerce por parte de un consumidor financiero contra una entidad vigilada, frente a conflictos surgidos del incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas con ocasión de la actividad financiera. (…) En materia de procedimiento laboral, como también ocurre en procedimiento civil, se aplica el principio de rogación de justicia (excepto en lo relativo al quantum), según el cual las partes o el interesado son quienes deben promover las causas judiciales en procura de sus derechos. Este principio impide que los jueces de la especialidad laboral inicien motu proprio la acción a través de la cual se dirimen las controversias que surgen de la relación entre trabajadores y empleadores o en materia de seguridad social.”

MP. SANTIAGO APRÁEZ VILLOTA

FECHA. 07/02/2023

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050013103022201900161-01

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Categoría: Civil
Tiempo de lectura: 2 mins
Publicado: 17 Febrero 2023
Visitas: 1910

TEMA. GUARDIÁN DE LA ACTIVIDAD PELIGROSA. FALLAS MECÁNICAS COMO CAUSAL DE EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. TASACIÓN DE PERJUICIOS. PROCEDENCIA DE LA INDEMNIZACIÓN POR AFECTACIÓN A BIENES DE RELEVANCIA CONSTITUCIONAL. “se ha considerado como guardián a “quien tiene sobre ellas el poder de mando, dirección y control independientes”, ostentando dicha posición quien tenga la detentación, directa o indirecta, del bien utilizado. Tal guardianía puede ser ejercida por su propietario, empresario, tenedor, poseedor e, inclusive, los detentadores ilegítimos y viciosos, también denominados usurpadores, en tanto que asumieron de hecho el poder autónomo de mando, obstaculizando el de los legítimos titulares. (…) la jurisprudencia considera a quien ejerce la actividad peligrosa por oficio, esto es, como una actividad económica organizada, como garante frente a terceros del estado de regularidad del vehículo causante del daño, por lo que, en principio, no puede invocar defectos en el sistema de frenos o mecánico como hecho constitutivo de fuerza mayor o caso fortuito, pues ello sería pretender excusar la responsabilidad al amparo de un evento que es endógeno al riesgo creado por el empresario al poner en funcionamiento un bien potencialmente peligroso.(…) La reparación frente a la lesión a bienes de relevancia constitucional cuenta con respaldo en el bloque de constitucionalidad, concretamente, lo determinado en la Convención Americana de Derechos Humanos de 196922, vertido en el numeral 1 del artículo 63.”

MP. SERGIO RAÚL CARDOSO GONZÁLEZ

PROVIDENCIA. SENTENCIA

FECHA. 26/10/2022

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050013105009201900668-01

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Categoría: Laboral
Tiempo de lectura: 2 mins
Publicado: 16 Febrero 2023
Visitas: 1800

TEMA. CONTRATO A TÉRMINO FIJO APARENTE. “No puede perderse de vista que de conformidad con el artículo 46 del C.S.T., el contrato suscrito a término fijo, conserva su esencia de ser temporal, independiente de las veces que el mismo sea prorrogado, al establecer dicha norma que si antes de la fecha del vencimiento del lapso acordado, la parte no avisa con una antelación no inferior a 30 días el animo de finiquitarlo, el mismo se prorroga, estableciendo la solemnidad de avisar, para la terminación, mas no para su renovación. (…) De acuerdo con dicha preceptiva, el vínculo no establece o determina el giro a la modalidad a un contrato a término indefinido, por el hecho de prorrogarse de manera indefinida en el tiempo, así como tampoco, por no anunciarse la prorroga por escrito, pues, como ya se indicó, esto no es un requisito, debiéndose tener presente que las obligaciones y prohibiciones de cualquier contrato de trabajo están definidas por la ley y por el acuerdo entre las partes, siempre y cuando, lo pactado no esté en contra de tal regulación.”

MP. LUZ AMPARO GÓMEZ ARISTIZÁBAL

PROVIDENCIA.

FECHA. 07/02/2023

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050013103015201501158-02

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Categoría: Civil
Tiempo de lectura: 2 mins
Publicado: 15 Febrero 2023
Visitas: 1425

TEMA. INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS DERIVADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD. “Cuando un socio de una empresa alega haber sufrido perjuicios derivados de la acción u omisión de un socio y asesor sin cargos de administración en la empresa, en razón de operaciones comerciales ejecutadas por éste y avaladas por la administración ¿el socio no-administrador está llamado a resistir la pretensión indemnizatoria? (…) Cuando el socio de una empresa alega que las operaciones antijurídicas de la empresa le causaron un daño, le está imputando al hecho dañino a un acto propio de la empresa, que es una persona diferente y distinta de sus agentes y/o de los otros socios. Por tanto, en principio, quien está llamada a responder es la empresa y no sus agentes. (…) quien pretenda la indemnización de perjuicios derivados de la administración de la sociedad, incluidos los socios de la empresa, tienen la carga de acreditar: “(i) la acción u omisión de un administrador contraria a los deberes legales, estatutarios o contractuales de su cargo, imputable a título de dolo o negligencia; (ii) un daño, y (iii) el nexo causal que enlaza la conducta reprochada del administrador y el daño concreto provocado” (SC2749 – 2021).

MP. MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ

PROVIDENCIA. SENTENCIA

FECHA: 19/01/2023

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050013103009201300005-02

Detalles
Categoría: Civil
Tiempo de lectura: 1 min
Publicado: 15 Febrero 2023
Visitas: 3390

TEMA. OBLIGACIONES CONDICIONALES. El artículo 1530 del Código Civil define las obligaciones condicionales como aquellas que dependen de una condición, esto es, de un hecho futuro e incierto, que puede suceder o no. Desde luego, la condición puede conllevar el nacimiento o la extinción de la prestación, al tiempo que puede determinar su exigibilidad, cuando ésta se cumpla. (…) como el precepto 1536 del Código Civil estableció que la condición puede ser suspensiva o resolutoria, es dable concluir que la primera de ellas suspende la adquisición de un derecho, mientras la segunda lo extingue por su cumplimiento, lo que en manera similar se puede decir de la exigibilidad de la prestación, en tanto ésta, sometida a esa modalidad, únicamente es exigible tras verificar el cumplimiento de la condición (Suspensiva), o deja de serlo cuando ocurre ese hecho futuro e incierto (resolutoria).”

MP. MARIO ALBERTO GÓMEZ LONDOÑO

PROVIDENCIA. SENTENCIA.

FECHA. 07/02/2023

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